Consultar las páginas web Consulares:
normas y procedimientos pueden variar.
50
— ANAGRAFE - A.I.R.E.
El Registro de Residentes Italianos en el Extranjero (A.I.R.E.)
fue establecido por ley el 27 de octubre de 1988, n. 470 y con-
tiene los datos de los ciudadanos italianos que residen en el ex-
tranjero por un período de más de doce meses.
Está gestionado por los municipios italianos y el Ministerio
del Interior sobre la base de información de las oficinas con-
sulares. Dado que el único organismo que ejerce las funciones
de registro es el municipio italiano, la solicitud de registro en
el AIRE se envía al municipio competente, que actualiza la
posición de residencia y las listas electorales.
El registro de AIRE implica la cancelación de la residencia del
territorio de la República (cancelación del A.P.R. Anagrafe de
la Población Residente). Una vez realizado se notifica directa-
mente por el Municipio al ciudadano. La falta de notificación
por parte del Municipio no implica necesariamente que no se
haya registrado en el AIRE. Para cualquier verificación, los ciu-
dadanos deben comunicarse directamente con su municipio, y
no con la oficina consular.
La ley también permite anticipar la declaración de transferencia
al extranjero antes de dejar Italia (llamada “preinscripción”); en
estos casos, la solicitud de registro debe enviarse a la Oficina
Consular competente dentro de los 90 días posteriores a la ex-
patriación. El servicio de registro es GRATUITO
Quién debe registrarse en AIRE
Los ciudadanos italianos que por ley deben registrarse en AIRE son:
ANAGRAFE - A.I.R
.E.