Consultar las páginas web oficiales españolas:
normas y procedimientos pueden variar.
38
— PENSIONES - LA JUBILACIÓN
En general son beneficiarios de la jubilación las personas in-
cluidas en el régimen general de Seguridad Social en actividad
o en una situación similar a la de la actividad, que cumplen las
condiciones de edad, el período mínimo de cotización y los re-
quisitos legalmente establecidos.
Con respecto a los requisitos, la regla general establece, a partir
del 1-1-2013, que la edad de acceso a la pensión de vejez depen-
de de la edad de la persona interesada y de las contribuciones
acumuladas durante su vida laboral, solicitando que cumpla
con los requisitos de edad de: 67 años o 65 años cuando se ha-
yan madurado en España 38 años y 6 meses de cotización con
un mínimo de 15 años.
Se garantizan pensiones mínimas, según edad y situación familiar.
A través de la totalización contributiva, los trabajadores pueden
aprovechar al máximo las contribuciones acreditadas en Italia.
Los patronatos italianos en España están autorizados para llevar
a cabo estas prácticas y lo hacen de forma gratuita.
Los períodos de seguro, actividad subordinada, trabajo por
cuenta propia o residencia acreditados se pueden agregar a
los completados en España.
En caso de regresar a Italia o transferirse a otro país euro-
peo, las contribuciones totalizadas no se pueden canjear,
pero los años respectivos se incluirán en la totalización
contributiva final en el país donde se alcanzará la edad de
jubilación.
PENSIONES - LA JUBILACIÓN