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El inquilino puede desistir del contrato después de al menos
6 meses, comunicándose con el propietario antes mencionado
con al menos 30 días de antelación.
En los contratos de vivienda, el pago de un depósito, la llamada
“fianza”, que generalmente corresponde a un pago mensual, es
obligatorio.
Dicha “fianza” debe ser depositada por el propietario del apar-
tamento en el Instituto competente indicado por cada comuni-
dad autónoma.
El propietario puede solicitar garantías adicionales previstas
por las disposiciones de la ley. La “fianza”
se puede devolver dentro de los
treinta días posteriores a la
finalización del contrato y
una vez que se haya ve-
rificado la condición
de la propiedad.
Los gastos relacio-
nados con sumi-
nistros domésticos
y de comunidad de
vecinos pueden o
no estar incluidos en
el precio del alquiler;
Depende de los acuer-
dos con el propietario.
CONT
RA
TO DE ALQUILER R
ESIDENCIAL