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Consultar las páginas web oficiales españolas: 

normas y procedimientos pueden variar.

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— COMPRA DE ACTIVIDAD COMERCIAL
En España, la compra de una actividad comercial se llama 

“traspaso”.

Usted está en presencia de un verdadero “traspaso” solo 

cuando realiza la compra de la licencia y todos los equipos y 

muebles que deben ser propiedad del vendedor.

A menudo hablamos de “traspaso” de 

manera inadecuada, porque tende-

mos a confundir con este térmi-

no un alquiler industrial o un 

alquiler de locales comercia-

les amueblados en lugar de 

la venta real de una activi-

dad comercial.

Lo primero que se debe 

verificar es el contrato de 

arrendamiento, ya que des-

de aquí puede comprender 

quién es el verdadero propie-

tario de la licencia, el equipo y los 

muebles que contiene.

A diferencia de Italia, en España con el traspaso usted no tiene 

derecho a subarrendar el contrato de arrendamiento de las insta-

laciones y, por lo tanto, es necesario el consentimiento del propie-

tario del local.

Siempre es recomendable hacer un acuerdo a tres partes de tal 

manera que obligue al propietario de las instalaciones a estipu-

lar un nuevo contrato de arrendamiento.

COMPRA DE ACT

IV

IDAD COMER

CIAL