Consultar las páginas web oficiales españolas:
normas y procedimientos pueden variar.
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— COMPRA DE ACTIVIDAD COMERCIAL
En España, la compra de una actividad comercial se llama
“traspaso”.
Usted está en presencia de un verdadero “traspaso” solo
cuando realiza la compra de la licencia y todos los equipos y
muebles que deben ser propiedad del vendedor.
A menudo hablamos de “traspaso” de
manera inadecuada, porque tende-
mos a confundir con este térmi-
no un alquiler industrial o un
alquiler de locales comercia-
les amueblados en lugar de
la venta real de una activi-
dad comercial.
Lo primero que se debe
verificar es el contrato de
arrendamiento, ya que des-
de aquí puede comprender
quién es el verdadero propie-
tario de la licencia, el equipo y los
muebles que contiene.
A diferencia de Italia, en España con el traspaso usted no tiene
derecho a subarrendar el contrato de arrendamiento de las insta-
laciones y, por lo tanto, es necesario el consentimiento del propie-
tario del local.
Siempre es recomendable hacer un acuerdo a tres partes de tal
manera que obligue al propietario de las instalaciones a estipu-
lar un nuevo contrato de arrendamiento.
COMPRA DE ACT
IV
IDAD COMER
CIAL