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normas y procedimientos pueden variar.
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La penalización mínima por no presentación es de 10,000 euros
(más 5,000 por cada dato que debería haber sido incluido en la
declaración y que se omitió) para cada una de las tres categorías
de productos.
La penalización mínima por presentación fuera de plazo es de
1.500 euros (más 100 euros por cada bien) por cada categoría
individual. Si la administración descubriera la existencia de los
bienes no declarados, este último se consideraría como un ac-
tivo o ingreso no revelado e inmediatamente se integraría en la
última declaración, con una multa del 150% de cualquier im-
puesto resultante.
Las sanciones anteriores no se aplican si los derechos o bienes
no declarados no hubieran dado lugar al pago de impuestos en
España (Resolución vinculante de la Dirección General de Tri-
butos, V1434-17, de 6 de junio de 2017).
La comunicación es solo declarativa y no da lugar a impuestos
o tasas.
— DECLARACIÓN DE RENTAS
Todos aquellos que hayan obtenido ingresos por encima del mí-
nimo por el cual estarían exentos deben presentar la Declara-
ción de la Renta en España; el mínimo mencionado varía según
el caso.
Deben presentar la Declaración de la Renta, así como los in-
gresos de trabajo por cuenta propia y de negocios, todas las
personas que han recibido ingresos más altos que el mínimo
admitido para cada clase o fuente de ingresos.
DECLARACIÓN DE R
ENT
AS