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El inquilino puede desistir del contrato después de al menos 

6 meses, comunicándose con el propietario antes mencionado 

con al menos 30 días de antelación. 

En los contratos de vivienda, el pago de un depósito, la llamada 

“fianza”, que generalmente corresponde a un pago mensual, es 

obligatorio. 

Dicha “fianza” debe ser depositada por el propietario del apar-

tamento en el Instituto competente indicado por cada comuni-

dad autónoma. 

El propietario puede solicitar garantías adicionales previstas 

por las disposiciones de la ley. La “fianza” 

se puede devolver dentro de los 

treinta días posteriores a la 

finalización del contrato y 

una vez que se haya ve-

rificado la condición 

de la propiedad.

Los gastos relacio-

nados con sumi-

nistros domésticos 

y de comunidad de 

vecinos pueden o 

no estar incluidos en 

el precio del alquiler; 

Depende de los acuer-

dos con el propietario.

CONT

RA

TO DE ALQUILER R

ESIDENCIAL